El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) publicó el proyecto de decreto para reglamentar la Ley 2489 de 2025, la cual busca garantizar la protección integral de la población infantil y adolescente en el ecosistema digital colombiano. La normativa establece mecanismos técnicos y administrativos para operativizar una política pública basada en el principio de corresponsabilidad entre el Estado, la industria tecnológica, las instituciones educativas y las familias.
Esta regulación surge como respuesta al acelerado desarrollo tecnológico que ha expuesto a la niñez a riesgos como el ciberacoso, la explotación sexual en línea y la desinformación. Según la memoria justificativa del proyecto, la intervención es necesaria para superar la dispersión de competencias y estandarizar criterios técnicos aplicables a quienes proveen servicios digitales.
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¿Cómo funcionará el nuevo sistema integrado de monitoreo?
El eje central de la reglamentación es la creación del Sistema Integrado de Monitoreo, Evaluación y Desarrollo Tecnológico. Este modelo funcionará bajo un esquema de interoperabilidad que permitirá el intercambio seguro de información entre diversas autoridades. El sistema se divide en cuatro componentes estratégicos:
- Componente pedagógico: Liderado por el Ministerio de Educación Nacional para consolidar indicadores del entorno educativo.
- Componente de protección: A cargo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) para la activación de rutas de restablecimiento de derechos.
- Componente de investigación: Coordinado por los Ministerios de Defensa y Justicia, junto a la Fiscalía, para el reporte de ciberdelitos y trata de personas.
- Componente tecnológico: Gestionado por el MinTIC para proveer la infraestructura y vigilar el cumplimiento normativo de la industria.
El proyecto enfatiza que este sistema no operará como un mecanismo de vigilancia masiva ni permitirá la interceptación de comunicaciones privadas sin orden judicial.
¿Cuáles son las nuevas obligaciones para las empresas tecnológicas y de software?
La normativa define responsabilidades específicas para quienes desarrollan aplicaciones, videojuegos, sistemas de Inteligencia Artificial y plataformas digitales. Las empresas deberán implementar estándares de privacidad desde el diseño y por defecto, asegurando el cumplimiento de la Ley 1581 de 2012.
Entre las obligaciones operativas se destacan:
- Implementar mecanismos de verificación de edad acordes al nivel de riesgo.
- Disponer de herramientas de control parental y mediación tecnológica que se adapten a la autonomía progresiva de la población joven.
- Presentar un informe semestral al MinTIC sobre los avances en medidas de protección y análisis de riesgos.
- Garantizar la accesibilidad digital para personas con discapacidad bajo modelos de diseño centrado en la gente.
¿De qué manera se financiará la educación para la ciudadanía digital?
El proyecto de decreto habilita el uso de recursos del Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (FUTIC) para financiar programas de formación dirigidos a la niñez, familias y personal docente. Estos fondos se restringirán a componentes de infraestructura, alfabetización mediática y desarrollo de software preventivo.
Asimismo, el Ministerio de Educación Nacional administrará un Repositorio de buenas prácticas. Este será un espacio virtual gratuito con recursos pedagógicos sobre hábitos saludables en línea y prevención de riesgos, el cual deberá estar libre de publicidad comercial y no podrá recolectar datos personales para su acceso.
¿Cómo protege este decreto la privacidad y el cifrado de datos?
Un punto crítico de la regulación es la preservación de las libertades individuales. El texto administrativo es explícito al señalar que ninguna medida podrá implicar el debilitamiento del cifrado extremo a extremo ni la imposición de censura previa. El Ministerio TIC reconoce que la protección de la niñez “exige la adopción de medidas idóneas, necesarias y proporcionales” que respeten los derechos fundamentales.
Las instituciones educativas, por su parte, deberán actualizar sus Manuales de Convivencia para integrar rutas de atención frente al ciberacoso, articulándose con el Sistema Nacional de Convivencia Escolar.
La ciudadanía y los actores del ecosistema digital pueden presentar comentarios al proyecto hasta el 26 de abril de 2026 a través del formulario habilitado por el Ministerio. Se espera que el informe anual de cumplimiento de esta política se presente cada 6 de febrero, coincidiendo con el Día por una Internet Segura.







